lunes, 25 de octubre de 2010

Fundación Vicente Ferrer

La fundación Vicente Ferrer tiene como lema "Transformamos la sociedad en humanidad" es una ONG de desarrollo comprometida para mejorar  condiciones de vida de las comunidades más desfavorecidas de Andhra Pradesh.Se trata de una organización no gubernamental que trata de transformar las zonas más pobres de la India.Es pionera del desarrollo integral en ese país, es una organización humanista fundamentada en la filosofía de la acción. Su equipo trabaja, desde España y desde India, para mejorar las condiciones de vida de algunas de las comunidades más discriminadas dentro del sistema de castas hindú.


Actúan en diferentes ámbitos para alcanzar sus logros:



  • EDUCACIÓN: Se han construido escuelas complementarias, escuelas puente, escuelas de verano y se ha puesto en marcha un programa cultural y otro de becas que están dando ya sus frutos.

  • SANIDAD:  El área sanitaria tiene como objetivo mejorar las expectativas y las condiciones de vida de la población de las zonas en las que actúa la Fundación. El trabajo se centra en la prevención, la educación sanitaria y la construcción de infraestructuras que garanticen unas condiciones higiénicas adecuadas.

  • ECOLOGÍA: En las áreas en las que trabaja la Fundación, las precipitaciones son escasas e irregulares y el riesgo de sequía es constante. Esta situación convierte al distrito en el segundo más árido de la India.
       En Andhra Prades cerca del 60% de la población depende de la agricultura, la sequía tiene un impacto devastador entre las capas sociales más pobres.La Fundación inició en 1969 un plan de desarrollo ecológico a largo plazo que abarca distintos ámbitos fundamentales para asegurar el futuro de las familias de la región.

  • MUJER:  La mujer en la India es el pilar fundamental de la economía familiar y la transmisora de valores y tradiciones. Sin embargo, su papel no es reconocido en un país donde nacer niña todavía se considera muchas veces una carga. Esta situación se agrava en las comunidades más pobres, en las que las mujeres sufren una doble discriminación por su condición de género y por su pertenencia a una casta baja y excluida.
El programa de desarrollo de la mujer se inició en 1982 para conseguir revalorizar el papel de la mujer en todos los ámbitos de la sociedad.

  • VIVIENDA: La situación de marginalidad social que padecen las comunidades más pobres de Andhra Pradesh las obliga a vivir, muchas veces, en chozas precarias e insalubres.
Una vivienda digna devuelve a los campesinos dálits, tribales y pertenecientes a las castas más desfavorecidas la seguridad de saber que cuentan con una propiedad que les protege y que les une a su tierra y a su comunidad.
La Fundación inició su programa de construcción de viviendas con el objetivo de dotar a todas las familias de un hogar digno.

  • PERSONAS CON DISCAPACIDAD: Como consecuencia del rigor de las condiciones de vida de la población rural, la tasa de personas con discapacidad es especialmente elevada las zonas de Andhra Pradesh donde trabaja la Fundación.
    Ello, sumado al hecho de que en una economía de subsistencia el respeto es proporcional a la capacidad de contribuir a la economía familiar, hace necesario abordar esta situación con acciones específicas.

    Financiación:
    La práctica totalidad de los recursos de la Fundación Vicente Ferrer proceden de fondos privados:













    El patronato de la empresa está constituido por la presidenta Anna Ferrer, el secretario Fernando Aguiló, la vicesecretaria Ester Escrivá de Romaní y el vocal Sanjeev Sanjwam.








Falso testimonio

Voy a proceder al comentario de la siguiente noticia encontrada en el periódico El Diario:

http://www.eldiariocba.com.ar/noticias/nota.asp?nid=27945

Ésta infracción se encuentra recogida en el artículo 458 del código penal.


A mi juicio, el falso testimonio es un acto grave (aunque pueda no parecerlo) ya que atenta en muchos casos contra la dignidad de las personas:



  • Por un lado, en éste caso concreto, atenta contra aquellas personas que contaron la verdad y que sufrieron ésas torturas realmente ya que parece (la persona que realizó el falso testimonio) burlarse de aquellos que realmente sufrieron.
  • No tal vez en éste caso pero si en otros posibles, podría provocar que pareciese que los que mienten son otros y crear así problemas.
Por éso teniendo en cuenta las posibles consecuencias de éstos actos la pena debería endurecerse.

Estafa

A continuación voy a comentar una noticia encontrada en la página web soiotu.es que narra las contínuas estafas realizadas por una falsa vidente a sus clientes:


El delito por estafa está regulado en el arículo 248.1 del código penal.

La sentencia con respecto a las estafas, dependiendo del tipo o gravedad que fueren, en mi opinión deberían de ser más duras ya que no sólo ha sido un simple engaño que ha supuesto daños económicos para el afectado sino que supone también daños morales, personales y psicológicos para la persona ya que tal y como se detalla en la noticia el cliente que acudía de forma habitual a la consulta de la vidente sufría depresión. Por lo tanto, ésta estafa va más allá de los daños económicos.

Por otro lado, creo oportuna la regulación de las prácticas adivinatorias probando de uno u otro modo su veracidad ya que muchas personas no se encuentran concienciadas con respecto a los fraudes producidos en éste sector al igual que son regulados todos los demás oficios.Una vez regulado, cada persona es libre de creer o no creer en las palabras de éstas personas. 

Por otro lado no creo oportuno la asistencia de personas psicológicamente no estables a éste tipo de consultas sin la aprobación previa de un especialista (psicologo...) para evitar que algunos de los estafadores que puedan encontrarse en éste ámbito se aproveche del inestable estado anímico de éstas personas.


domingo, 3 de octubre de 2010

Noticia robo

Aquí dejo una noticia a cerca que he leído en el periódico ABC:
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=529913
Este acto de robo se ve penado en el articulo 237 del cdigo penal:

Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas.

Herencias

Sucesión testada

  • Sucesión civil común
                         -Con hijos, se llevan 1/3.
                         -Con ascendentes también se llevan 1/3.
                         -Sin hijos sin ascendentes: 1/3.
  • Sucesión civil foral: Lo deja todo hasta que decida repartirlo
Sucesión intestada
  • Sucesión civil común
                         -Con hijos: nada
                         -Con ascendentes: nada
                         -Sin hijos sin ascendentes: nada
  • Sucesión civil foral
                         -Con hijos: 1/2 de los bienes en usufructo
                         -Con padres 1/2 de los bienes en usufructo
                         -Si no tienes ni padres ni hijos, 2/3 de los bienes usufructos