martes, 21 de septiembre de 2010

Test SGAE

A continuación voy a comentar el vídeo que vimos en clase llamado Test SGAE en el el cual se proponían 8 casos hipotéticos de faltas o delitos y su consiguiente gravedad. Para ello seleccionaré el artículo infringido en cada caso y su consiguiente pena.

1. SUPUESTO:

  •  Artículo 270.1 Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.       


          Se trata de un delito  y en caso de pagar multa dependiendo de lo establecido por el juez, la persona tendrá que pagar (en caso de condenarsele al mínimo tiempo de multa) como mínimo 730 euros y como máximo 146000 euros. En caso de tener que pagar durante los 24 meses como mínimo pagará 1460 euros y en caso contrario 292000.    
                                                                                                                                                           
  • Artículo 623.1 Serán castigados con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses los que cometan hurto, si el valor de lo hurtado no excediera de 400 euros.          

         Se trata de una falta en la cual en caso d pagar durante el mínimo de tiempo establecido constaría de un importe de 60 euros (en el caso más leve) y en el caso más grave de 12000 euros.
         En caso de verse obligado a pagar durante los dos meses máximos, el menor importe sería de 120 euros y el mayor de 24000.

2. SUPUESTO:

  • Artículo 270.1 Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.          

          Se trata de un delito  y en caso de pagar multa dependiendo de lo establecido por el juez, la persona tendra que pagar (en caso de condenarsele al mínimo tiempo de multa) como mínimo 730 euros y como máximo 146000 euros. En caso de tener que pagar durante los 24 meses como mínimo pagará 1460 euros y en caso contrario 292000.  

  • Artículo 234. El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a 18 meses si la cuantía de lo sustraído excede de 400 euros.         

          Al tratarse de hurto podemos decir que se trata de un delito.

3.SUPUESTO:

  • Al igual que en los supuestos 1 y 2 este hecho quebranta el artículo 270.1. con las mismas penas y multas.  
  • Artículo 244. El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos, cuyo valor excediere de 400 euros, sin ánimo de apropiárselo, será castigado con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de seis a 12 meses si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a 48 horas, sin que, en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo.       


         En caso de pagar la multa, esta sería en el menor número de días de un pago de 360 euros (mínimo) o de días constaría de un pago de 360 euros (mínimo) o de 72000 (máximo).
        
        En caso de pagar la multa, si esta fuese en el mayor número de días constaría de un pago de 720 euros (mínimo) o de 144000 euros.

4.SUPUESTO:

  • Artículo 270.1 (véase el caso primero del primer supuesto) 


  • Artículo 154. Quienes riñeren entre sí, acometiéndose tumultuariamente, y utilizando medios o instrumentos que pongan en peligro la vida o integridad de las personas, serán castigados por su participación en la riña con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.       


          -Mínimo de días de multa: 
          
            Menor cantidad a pagar por día: 360 euros            
         Mayor cantidad a pagar por día:144000 euros             
   
      - Máximo de días de multa
         
     Menor cantidad a pagar por día:1440 euros            
         Mayor cantidad a pagar por día:288000 euros

5. SUPUESTO:

  • Artículo 270.1 (véase el caso primero del primer supuesto)


  •  Artículo 184.2 Si el culpable de acoso sexual hubiera cometido el hecho prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica, o con el anuncio expreso o tácito de causar a la víctima un mal relacionado con las legítimas expectativas que aquélla pueda tener en el ámbito de la indicada relación, la pena será de prisión de cinco a siete meses o multa de 10 a 14 meses.       


         Si el sentenciado a pagar la multa debe tan sólo pagar el mínimo de días establecidos por la ley, abonará en el caso más leve la cantidad de 600 euros y en el caso más grave 120000.               

         Si el sentenciado a pagar la multa por otra parte debe de pagar el máximo de días establecidos por la ley, abonará en el caso más leve la cantidad de 840 euros y en el caso más grave 168000.

6.SUPUESTO:

  • Artículo 270. Será castigado con la mesespena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.             


         Se trata de un delito  y en caso de pagar multa dependiendo de lo establecido por el juez, la persona tendrá que pagar (en caso de condenarsele al mínimo tiempo de multa) como mínimo 730 euros y como máximo 146000 euros. En caso de tener que pagar durante los 24 meses como mínimo pagará 1460 euros y en caso contrario 292000. 
   
  • Artículo 186.  El que, por cualquier medio directo, vendiere, difundiere o exhibiere material pornográfico entre menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.

        
     12 meses de días-multa a 2 euros el día: 720 euros 

     12 meses de días-multa a 400 euros el día: 144000 euros

     24 meses de días-multa a 2 euros el día: 1440 euros      

     24 meses de días-multa a 400 euros el día: 288000 euros

7.SUPUESTO:



  • Artículo 270.1 (véase el caso primero del primer supuesto)

                • Artículo 630
                  • Los que abandonaren jeringuillas, en todo caso, u otros instrumentos peligrosos de modo o con circunstancias que pudieran causar daño a las personas o contagiar enfermedades, o en lugares frecuentados por menores, serán castigados con las penas de localización permanente de seis a 10 días o multa de uno a dos meses.


               En el caso de pagar la multa durante 1 mes le supondrá al sentenciado un importe desde los 60 hasta los 1200 euros y en caso de pagar esta durante 2 meses le supondran desde los 120 hasta los 2400 euros.


    8.SUPUESTO:

  • Artículo 270


  • Artículo 617. 

              1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causara a otro una lesión no definida como delito en este Código será castigado con la pena de localización permanente de seis a 12 días o multa de uno a dos meses.
          
           2. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión será castigado con la pena de localización permanente de dos a seis días o multa de 10 a 30 días.

             Si el penado debiera pagar durante el periodo mínimo establecido por la ley de días-multa debería pagar entre 20 y 400 euros y en caso contrario debería pagar un importe de 60 a 1200 euros


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